<p class="MsoNormal"><span lang="ES">El Tribunal de la
Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción
Judicial con sede en Capital, presidido por la Jueza Dra. </span>Sara Alicia
López Douglas, junto a la vocal primera, Dra. Edith Elizabeth Agüero y vocal
segunda, Dra. Karina Cabral, resolvió declarar a Enzo Nieto autor penalmente
culpable y responsable del delito de "homicidio simple agravado por el uso
de arma de fuego" previsto y penado en los artículos79 y 41 Código Penal ,
y condenarlo a la pena de 23 años de prisión de cumplimiento efectivo.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">En la sala de la Asociación de Magistrados y con la
presencia del abogado querellante, Dr. José Nicolás Azcurra, el representante
del Ministerio Público Fiscal (MPF), Dr. Rafael López, y la Defensa a cargo de
los Dres. Héctor Martínez y Ángel Luna, la secretaria de la Cámara, Dra. Ana
Sofía Bracamonte, dio lectura a la sentencia emanada por dicho Tribunal.</p><p class="MsoNormal"><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">En ese marco, quedó en evidencia que las juezas tuvieron en
cuenta el contexto de violencia de género que sufrió la ex esposa del Sr. Enzo
Nieto, quien no le permitía rehacer su vida lejos de él, la cual no fue tenida
en cuenta por parte de los representantes del MPF, lo que imposibilitó al
Tribunal a considerar el presente hecho en la figura del artículo 80 inciso 12
del Código Penal.</p><p class="MsoNormal"><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">Sin perjuicio de ello, a pesar de haber estado limitado en
la aplicación del homicidio transversal, el Tribunal visibilizó el caso como
sospechoso de género, teniendo en cuenta además las aseveraciones de los
defensores, que buscaron responsabilizar a la Sra. M. de la conducta del
acusado demostrando una visión androcéntrica, por ello, recomendó al abogado
defensor que efectué capacitaciones en perspectiva de género.</p><p class="MsoNormal"><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">Asimismo, ordenó el tratamiento psciológico contínuo y
permanente del condenado durante el término de privación de la libertad, el
cual será supervisado por el Juez de Ejecución Penal.</p><p class="MsoNormal"><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">Cabe señalar que, el hecho se produjo el día 24 de marzo de
2018 cerca de las 23:30, cuando Enzo L. Nieto, desde su automóvil le disparó a
la víctima Julio V. quien iba en su vehículo particular con la Sra. M., ex
esposa del condenado, luego de una persecución por las calles de la ciudad y
aprovechando la luz roja de un semáforo en la intersección de calle Viamonte y
Av. Félix de la Colina del Barrio Federación.</p><p class="MsoNormal"><o:p></o:p></p>