“La subasta es la culminación de un proceso tendiente a hacer efectiva una sentencia que manda a llevar adelante una ejecución. La multa es una sanción en contra de una persona que supuestamente ha infringido un decreto”, indicó Azcurra.
El letrado aclaró además: “Eso habilita a iniciar un proceso de ejecución de sentencia, con las garantías parta el demandado de que pueda ejercer su derecho a defensa. No puede rematarse así nomás. Eso es afectar el derecho a la propiedad, a la defensa y el juicio y las garantías del debido proceso.”
“Si lo hacen están cometiendo una grave infracción a la ley, abusando de su autoridad y dejando expuesta a la provincia a una acción por daños y perjuicios” declaró Azcurra.
“Conozco el decreto 840 en su texto literal”, dijo Azcurra, y concluyó: “Alguien que se entere que le están por rematar su vehículo puede interponer un amparo. Rematar es una facultad judicial, y quien lo está haciendo es el área de la función ejecutiva. No lo pueden hacer porque les está prohibido tomar decisiones en el ámbito judicial, creo que están cometiendo una ilegalidad manifiesta.”