La Convención Constituyente que tendrá la tarea de reforma de manera parcial la Constitución Provincial comenzó a sesionar este lunes. En la primera sesión, que realizó de manera excepcional en el Paseo Cultural, porque luego se reunirá en La Legislatura juraron las y los 36 convencionales y se eligieron las autoridades. La convencional del Frente de Todos, Ada Maza presidirá la Convención que tiene la misma representación de la Cámara de Diputados y el oficialismo logró la mayor representación. Por la minoría quedó Juntos por el Cambio.
Luego de los juramentos, el gobernador Ricardo Quintela habló sobre la reforma y mencionó la paridad de género, la renta básica universal, la periodicidad de mandatos y la libertad de expresión y gobernanza.
“Hoy damos inicio a un proceso muy importante para la vida institucional de la Provincia que es la reforma de la Constitución que marcará las nuevas respuestas del Estado a una sociedad en permanente transformación” expresó el Gobernador en su discurso ya agregó que “en este contexto del Siglo XXI la Constitución riojana sigue marcando el rumbo, pero también interpela como sociedad para ir en búsqueda de aquellas periferias sociales que a pesar de su existencia no tienen una visibilidad normativa y nos reclaman tener el oído atento a sus necesidades”.
En este sentido, consideró que “es importante la implementación de la Renta Básica Universal para que no haya ningún ciudadano que no tenga garantizado un ingreso” y que “el agua, la energía y la conectividad pueden ser entendidas como variables de una demanda en relación con las leyes mercado y solo se accede si resulta rentable financieramente para dichas empresas”. “Es un modelo comercial y político para algunos sectores, pero hay quienes pensamos que estos servicios esenciales tienen una naturaleza publica y un rostro humano donde el Estado debe estar presente garantizando un piso mínimo de acceso”, afirmó.
Habló también sobre la periodicidad de mandatos en las funciones del Estado. “Es necesario replantearse la periodicidad de las funciones en el Estado pero no para perpetuarse en el poder sino para fortalecer la institucionalidad en pie de igualdad. No solo deben cumplir el Ejecutivo y los distintos parlamentarios sino también el Judicial. La alternancia y la renovación de las autoridades dinamizan la democracia y a los cuadros dirigenciales”.
“Todos sabemos que los medios de comunicación tienen un rol y un papel crucial en la sociedad al informar sobre los acontecimientos relevantes, pero proporcionando una visión objetiva y equilibrada de los hechos es decir de manera veraz, plural y responsable. Deben ser conscientes de su papel en la formación de la opinión pública y de la grave consecuencias el transmitir mensajes sesgados, injuriantes, sesgados y que formar en la sociedad, odios, zozobras y información falsa”, afirmó sobre al rol de los medios de comunicación
“Estamos muy lejos de querer censurar, pero en cualquier circunstancia hay que defender el respeto y la verdad y en ese sentido creemos oportuno vincular la tarea periodística con la gobernanza”.
Puntos de Reforma. La Convención Constituyente podrá avocarse al debate de los siguientes puntos centrales:
- a) Periodicidad de las tres funciones del Estado: Ejecutiva, Legislativa y Judicial.
- b) Paridad de Género: En los cargos electivos.
- c) Consagración constitucional de los derechos al agua, a la energía y a la conectividad.
- d) Libertad de Expresión y Gobernanza.
- e) Constitucionalización de la coparticipación municipal primaria.
- f) Constitucionalización de la renta básica universal.
La Convención Constituyente se encuentra habilitada para tratar de manera sistemática los siguientes puntos de la Constitución:
1) Preámbulo: Reformulación incorporando la perspectiva de género y la justicia social en perspectiva pro homine como pauta interpretativa de las normas programáticas y operativas que conforman el texto constitucional.
2) Principios de Organización Política: sede de las autoridades; control de constitucionalidad y de convencionalidad; la responsabilidad del Estado.
3) Reconocimiento de los siguientes derechos: al agua, a la energía generada por fuentes renovables y no renovables; a internet y a los derechos de cuarta generación; a fortalecer al medio ambiente incorporando el desarrollo sostenible y el compromiso del Estado conjuntamente con la sociedad en la lucha por el cambio climático; la soberanía alimentaria.
4) Derechos de Usuarios y Consumidores.
5) Educación: Consolidación de la responsabilidad del Estado en la formulación de políticas públicas referidas al sistema educativo.
6) Derecho al deporte.
7) Salud Pública: Composición del sistema de salud provincial, su gobernanza, integración, perfil y contexto de emergencia.
8) Régimen Económico Financiero: Disposiciones sobre administración financiera del sector público provincial que afiance la transparencia y el acceso a la información pública; fortalecer los objetivos del desarrollo económico y social en clave de sustentabilidad; presupuesto participativo; renta básica universal.
9) Derechos Políticos y Régimen Electoral: Justicia Electoral; Consulta Popular.
10) La Periodicidad en las tres funciones del Estado: Ejecutiva, Legislativa y Judicial, con limitación temporal y alternancia de los mandatos y cargos.
11) Función Legislativa: Limites a la reelección.
12) Función Ejecutiva: Actualización de facultades y atribuciones
13) Función Judicial: Requisitos y condiciones para ser juez/jueza; integración del Tribunal Superior de Justicia; control de convencionalidad; jurisprudencia obligatoria; periodicidad de jueces/juezas y del Ministerio Público; reformulación de la competencia originaria, escuela judicial; Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento.
14) Incorporación de la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes.
15) Órganos de Fiscalización y Asesoramiento: Tribunal de Cuentas límites a la reelección, Fiscal de Estado periodicidad y límites a la reelección.
16) Función Municipal: Coparticipación municipal rango constitucional; límites a la reelección en los mandatos del Departamento Deliberativo; cartas orgánicas, atribuciones, replanteo de las causales de intervención a los municipios.
17) Reforma Constitucional: Número y forma de elección de constituyentes.