La Legislatura tratará, este viernes, en sesión especial la renuncia de la jueza de la Cámara Cuarta, Norma Abatte de Mazzuchelli que fue denuncia por el intentar cobrar coimas en una causa por sucesión. Y, el jueves por la noche, el Consejo de la Magistratura determinó abrir el Juri de Enjuiciamiento a la magistrada. La determinación implica la suspensión en el ejercicio de sus funciones mientras dura esta etapa de investigación y de acusación en contra de la jueza.
El asesor General de Gobierno e integrante del Consejo de la Magistratura, Pedro Goyochea explicó en La Red la decisión del Consejo de la Magistratura y que pasaría en caso de que la Legislatura acepte o no la dimisión al cargo de la magistrada.
“Todos los jueces inferiores que ingresan a la Función Judicial, a través de un esquema de concurso que establece el Consejo de la Magistratura, quedan supeditado para juzgar la conducta de los mismos y en cuanto a denuncia formalmente ingresadas por su labor o función a un Juri de enjuiciamiento. Los jueces que son designados con el acuerdo de la Cámara para integrar el Tribunal Superior de justicia, Ministerio Público Fiscal, Ministerio Público de la Defensa, en cuanto al desempeño de Fiscal General, Fiscal General adjunto, Defensor General y Defensor General adjunto, todos estos funcionarios quedan sometido a un juicio político y la institución que lleva adelante el proceso es la Cámara de Diputados”, explicó.
“En el caso que está tomando estado público, el de la jueza Norma Abatte de Mazzuchelli , encuadra en los procesos de Juri de Enjuiciamiento. Puede abrirse por mal desempeño en el ejercicio, por incumplimiento de los deberes de funcionario público o por la comisión de un delito de carácter común”, dijo el consejero.
“Cuando se acepta la renuncia, efectivamente los procesos que están en curso caducan en virtud de que los mismos se estructuran en función del cargo que está desempeñando. Cuando se acepta una renuncia, pierde la condición activa del cargo de jueza y a partir de este mecanismo puede iniciar el trámite de su beneficio jubilatorio que comúnmente se llevan a cabo los jueces cuando, habiendo cumplido la edad , elevan la renuncia a la Cámara para ser aceptada y a partir de esa aceptación asisten a ANSES para iniciar su trámite jubilatorio”, explicó.
Agregó en este sentido que “siempre la Cámara evalúa previamente aceptar o rechazar una renuncia que los jueces o las juezas que solicitan la misma no tengan una medida disciplinaria en cumplimiento o un sumario abierto”.
Aclaró además que la denuncia en la Justicia “es independiente de los procesos institucionales, tanto de la Cámara como del Consejo de la Magistratura, porque independientemente que se le acepte o no la renuncia, la causa penal sigue su curso”.