El artículo N° 255 del código Alimentario Argentino está prohibido tener exhibida carne molida en carnicerías y supermercados. Desde Bromatología municipal recordaron que se encuentra vigente la prohibición de tener carne picada exhibida en los mostradores de carnicerías y supermercados y que solo se debe picar en el momento en el que el cliente lo solicita. La prohibición es por el riesgo de contraer Síndrome Urémico Hemolítico.
En declaraciones con La Red, Ana Claudia Pérez, coordinadora a cargo de la Dirección de Bromatología explicó: “lo que corresponde es que el consumidor elija un corte y luego quien lo vende lo procese delante suyo”.
El artículo 255 del Código Alimentario Argentino prohíbe la exhibición y el expendio de carne picada. La carne, el cliente la debe solicitar el corte y debe ser molida en presencia del cliente.
Asimismo, aseguró que “no puede estar exhibida en las carnicerías ni tampoco almacenadas en cámara, no hay ningún permiso especial para frigoríficos ni para cadenas de supermercados”.
Cabe destacar que al picar la carne antes de que la soliciten comienza un proceso de descomposición bacteriana. Con las características que tiene la carne se inicia un proceso de oxidación que muchas veces incluso se observa a primera vista, cuando la carne se empieza a ver amarronada.
Casi todos los alimentos contienen el aporte de agua, proteínas, grasas, minerales o azúcar necesarios para las bacterias, y la carne es uno de los preferidos de estas últimas. La humedad, la temperatura y el oxígeno se suman a lo anterior, en un combo perfecto para el desarrollo bacteriano. Dadas las condiciones del tipo de alimento, la humedad y la temperatura, algunas bacterias pueden dividirse en dos cada 20 minutos, por lo cual con el correr de las horas su proliferación es cada vez mayor.