
Este martes, la Cámara de Diputados dio un paso significativo en la comisión de Legislación Penal al emitir un dictamen que propone una reforma al Régimen Penal Juvenil, reduciendo la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. Esta decisión se produce en un contexto de intensos debates políticos y sociales, que reflejan la polarización en torno a este tema.
Según información obtenida por Noticias Argentinas, el dictamen fue impulsado por el Gobierno nacional, contando con el apoyo de varios bloques legislativos que se identifican como dialoguistas. Entre ellos se destacan el PRO, la UCR, Innovación Federal, la Coalición Cívica y ciertos sectores de Encuentro Federal. Gracias a esta coalición, se logró obtener la mayoría necesaria para avanzar con la iniciativa.
El proyecto establece que los adolescentes de 14 y 15 años podrán ser considerados imputables en casos de delitos graves, tales como homicidios, violaciones o robos con armas. Esta propuesta ha generado un amplio espectro de reacciones en el ámbito político y social.
Por otro lado, los bloques opositores como Unión por la Patria, así como partidos de izquierda y diversas organizaciones de derechos humanos, han manifestado su rechazo contundente a la modificación. Argumentan que esta medida no solo criminaliza a los jóvenes, sino que también ignora las causas estructurales que alimentan la violencia en la sociedad.
El debate sobre este tema seguirá en las próximas semanas cuando el proyecto sea discutido en el recinto, marcando un momento crucial para definir el futuro del tratamiento penal de los jóvenes en Argentina. La tensión entre las diferentes posturas pone de relieve la complejidad del problema y la necesidad de abordar las raíces sociales que contribuyen a la delincuencia juvenil.
El dictamen
La modificación al Régimen Penal Juvenil establece la aplicación a las personas adolescentes de 14 a 18 de edad cuando fueran imputadas por un hecho tipificado como delito en el Código Penal o en las leyes penales especiales vigentes o que se dicten en el futuro.
Tal como lo expresó Marcela Campagnoli en el debate, la persona adolescente imputada gozará de los principios, derechos y garantías judiciales vinculados a la legalidad; necesidad, proporcionalidad e idoneidad de las medidas que restrinjan derechos; debido proceso legal y derecho de defensa en juicio; in dubio pro reo e interpretación pro minoris; el régimen de penas deberá orientarse siempre a la educación y resocialización; dignidad humana y prohibición de discriminación; plazo razonable de juzgamiento, brevedad y celeridad procesal; y tutela juvenil.
Las penas privativas de libertad podrán ser en domicilio; en un instituto abierto; o en un instituto especializado de detención, o bien en una sección separada de un establecimiento penitenciario. La decisión deberá ser tomada por el tribunal o juez en una resolución en el que se expongan los motivos que justifican la privación de la libertad y deberá indicarse el lugar de cumplimiento, conforme a los parámetros de esta ley.
Además, la declaración de inimputabilidad del niño, niña o adolescente no implicará en ningún caso la suspensión de la investigación, que deberá continuar a los efectos de determinar la existencia y circunstancias del hecho ilícito y la presunta intervención de terceras personas que pudieran estar involucradas.
Sobre la detención, el adolescente deberá ser alojado en un instituto adecuado de detención o en la sección separada de los adultos de un establecimiento carcelario, adecuada para el tratamiento de adolescentes, con personal que cuente con capacitación especializada en el trato con jóvenes en conflicto con la ley penal.
Fuente: Parlamentario