
El gobierno de Javier Milei oficializó una medida que permite a las organizaciones religiosas administrar sus bienes y llevar sus libros contables sin necesidad de inscribirse como asociaciones civiles o fundaciones. La decisión, publicada este jueves en el Boletín Oficial mediante el decreto 486/2025, busca simplificar el reconocimiento legal de estas entidades.
La norma, impulsada por la Secretaría de Culto y Civilización que encabeza Nahuel Sotelo, establece que las iglesias, comunidades de fe y espacios espirituales inscriptos en el Registro Nacional de Cultos podrán gestionar su patrimonio y operar con transparencia sin modificar su naturaleza jurídica ni adoptar figuras civiles tradicionales.
“La medida apunta a que, por primera vez, las comunidades puedan rubricar sus libros contables y actuar con plena transparencia sin dejar de ser lo que son: iglesias, comunidades de fe, espacios espirituales”, señala el comunicado oficial difundido por la Secretaría.
Además, se destacó que la iniciativa permitirá a estas entidades acceder a trámites administrativos básicos como la obtención de un CUIT o la apertura de una cuenta bancaria sin tener que constituirse como persona jurídica a través de una asociación civil o fundación.
El decreto invita a las provincias a adherir y adaptar sus normativas para permitir la inscripción y reconocimiento de estas organizaciones religiosas en cada jurisdicción. En ese marco, será la Inspección General de Justicia (IGJ) la encargada de articular la implementación del nuevo esquema legal junto a los organismos provinciales correspondientes.
La Secretaría de Culto aclaró que la medida no es obligatoria y que cada comunidad religiosa podrá optar por adherir o mantener su estructura jurídica actual. “Se trata de dar más opciones y respetar la voluntad de cada comunidad”, concluyeron.
Fuente: NA