<div style="text-align: justify;">En este sentido la represnetante señaló que " “La guarda de la menor estaba en principio con la familia materna. Por distintos vaivenes, la jueza le dio la guarda a la familia paterna, la del femicida. La nena prefería estar con ellos, pero la justicia pidió que haya vínculo con la familia materna. No queremos sacarla, pero no sabemos nada y queremos que vuelvan a vincularse con su nieta”, explicó.</div><div><div style="text-align: justify;"><br></div><div style="text-align: justify;">Del mismo modo, resaltó que "fue un resultado en el que hubo mucho trabajo, nosotros como querella no pedimos años, nosotros acompañamos el pedido de la Fiscalía. El ltribunal ha dado una condena ejemplar estamos muy contentos porque era la condena que correspondía", agregó. </div><div style="text-align: justify;"><br></div><div style="text-align: justify;">Al ser consultado por las instancias previas del femicidio, la abogada subrayó que "yo agarré la casua en la instancias que el caso fue elevado a juicio durante la instrucción y no estan acreditadas en el expediente que Karina haya realizado denuncias en contra de Serrano, pero si hay testigos que dieron Fé de las actitudes violentas que teneia el sr. Serrano con Karina, entre ellos amigos, compañeros de trabajo , familiares que presenciaron hechos de violencia física y psicológica".</div><div style="text-align: justify;"><br></div><div><div style="text-align: justify;">Cabe destacar que hoy la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial de La Rioja condenó, este jueves, a prisión perpetua a Jonathan Serrano por el femicidio de Karina Vayón. El tribunal presidido por la jueza Sara Alicia López Douglas y los vocales Gustavo Farías y Carlos Castellanos lo encontraron culpable del delito de “Homicidio Calificado, según artículo 80 incisos 1 y 11 del Código Penal (femicidio)” y es la primera sentencia dictada en este año por un femicidio. </div><div style="text-align: justify;"><br></div><div style="text-align: justify;">El 31 de diciembre de 2018, entre las 2 y las 5:50 de la madrugada, Serrano habría violentado la puerta trasera de la vivienda de Karina Vayón para ingresar y luego le pegó con una masa de albañil y le provocó un corte en el cuello con un cuchillo que le ocasionó la muerte. La autopsia determinó que falleció por traumatismo de cráneo y cortes en el cuello. Luego de haber cometido el hecho, Serrano huyó del lugar.</div><div style="text-align: justify;"><br></div><div style="text-align: justify;"><br></div><div style="text-align: justify;">En este marco, el tribunal dictó la sentencia en el marco de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém Do Pará), Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las mujeres (CEDAW), ratificada por el Estado Argentino por medio de la ley 24.632, Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicarla Violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollan sus relaciones interpersonales y la ley provincial 8561.</div></div></div>