
El Aporte Extraordinario es un tributo excepcional y obligatorio, creado por la ley provincial N° 10.714, aprobada por la Cámara de Diputados de la provincia. Tendrá como objetivo financiar políticas alimentarias en general, y el Programa Alimentario Riojano (P.A.R.).
Para conocer más al respecto Radio La Red dialogó con el contador Gonzalo Quijano (MP 801), quien detalló que se trata de un aporte que es extraordinario y obligatorio, que va a alcanzar a aquellos sujetos que tengan ingresos mensuales atribuibles a la jurisdicción de La Rioja iguales o superiores a 200 millones de pesos. “Lo principal que tenemos que saber es que no es para todo el mundo, sino para aquellos sujetos que declaran en la provincia ventas por 200 millones de pesos o más, netas de IVA. Es decir que es para los grandes contribuyentes”, aclaró el profesional.
En cuanto al aporte en sí, aquellos sujetos que quedan alcanzados deberán abonar un 25% del impuesto determinado de Ingresos Brutos de ese periodo.
“Lo que estaba pendiente era la reglamentación por el fisco provincial (DGIP) sobre cómo se iba a proceder en la práctica”, recordó Quijano y agregó: “La resolución 8 del 2024 que salió en el Boletín Oficial es la que establece toda la parte reglamentaria”. En este sentido, destacó que el vencimiento de este aporte será hasta el último día hábil del mes siguiente al anticipo por el cual se está calculando.
Cabe recordar que el aporte extraordinario regirá por los anticipos de mayo a diciembre 2024.
A modo de ejemplo, el contador explicó: “Una empresa liquida Ingresos Brutos por el periodo de mayo que vence aproximadamente entre el 20 y el 22 de junio, pero a su vez, si superó la facturación estipulada, deberá abonar un aporte extra equivalente al 25% del impuesto, con tiempo hasta el último día hábil de junio”.
Además informó, respecto a los medios de pago, que “no se va a poder pagar con saldos a favor de ningún tipo”. Otro punto novedoso de la reglamentación es que puede pagarse con dinero en efectivo, cheque, tarjetas de crédito o débito, pagos electrónicos, o incluso con los “Bonos de Cancelación de Deuda” (Chachos).
Finalmente teniendo en cuenta el descontento manifestado por empresarios riojanos y consultado sobre si es posible presentar un amparo judicial en torno a la medida, manifestó que tiene conocimiento de “varias empresas” que realizarán una presentación judicial por sentirse agraviados. “Tienen ese derecho de reclamar ante la Justicia”, recordó.