<div>La titular de APOS, Claudia Ortiz, informó que se modificó la resolución 1441/21 con las siguientes incorporaciones:</div><div><br></div><div>a) Trayectoria medica sin especialidad, se considerará su antigüedad como profesional –prestador para categorizarlo, de esta manera se reconocerán los servicios brindados a la obra social.</div><div><br></div><div>b) Las categorías D y E referidas al médico rural o de zona desfavorable y al profesional especialista en enfermedades críticas.</div><div><br></div><div>c) Los topes de las consultas médicas por limitaciones horarias de hasta 250 y de hasta 350 consultas de calidad de 20 minutos para aquel que trabaja en el sector publico/privado, y para aquel que no trabaja para el sector publico/privado tendrá el máximo de consultas.</div><div><br></div><div>d) Tele consulta médica, con el objetivo de posibilitar la interacción médico-paciente a través de medios digitales.</div><div><br></div><div>Asimismo, la Administradora de la obra social provincial adelantó que a partir del 1 de agosto se otorgará un aumento en el valor de la consulta que oscila entre el 43% y el 25% según la categoría a todos sus prestadores, y aclaró que el incremento será absorbido en su totalidad por la obra social, sin modificar el valor actual del coseguro a cargo del afiliado.</div><div><br></div>En ese sentido la Cra. Ortiz remarcó que APOS es la única obra social provincial que estableció categorías para la consulta médica ambulatoria.<br><br>