La Ley Impositiva Anual (10.780) para el periodo fiscal publica en el Boletín Oficial del 31 de diciembre establece que las empresas estatales comenzarán a tributar.
En el artículo 111º de la norma queda establecido que “las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria (SAPEM), las Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) con Participación Estatal Mayoritaria y las Sociedades Anónimas Unipersonales (S.A.U.), cuando el único socio sea el Estado, a partir del periodo fiscal 2025 y siguientes, se encuentran gravadas y/o alcanzados de todos los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la Dirección General de Ingresos Provinciales, aun cuando la ley, decreto u otra norma de creación de las mismas establezca lo contrario.
En la sesión legislativa que se aprobó la Impositiva, el diputado y presidente de la Comisión de Presupuesto, Oscar Chamia, explicó que “no presenta mayores modificaciones en los valores; no se modificaron las alícuotas, sí la base imponible. Cabe destacar, que en mayo la Cámara modificó la totalidad de las impositivas. La novedad, es que las empresas del Estado (SAPEM, SAU) empezarán a tributar. Además, se amplían los montos de la base imponible de los terrenos y baldíos con un control por edificio. Estas son las modificaciones que trae la norma, lo demás es todo igual a mayo”. Asimismo, remarcó que “las alícuotas no se mueve ninguna, se pagan todas y la Cámara reiterará las facultades a la Dirección General de Ingresos Provinciales”.
Chamia destacó que se facultó a la DGIP prorrogar la moratoria impositiva hasta el 31 de marzo, ya que la anterior prórroga tuvo buena respuesta en los contribuyentes”. Por último, remarcó que prevalecen los beneficios, aquellos contribuyentes que paguen de contado tendrá un descuento de alrededor de 45%.