<p class="MsoNormal">Cabe destacar que, en votación nominal, no alcanzaron los
votos para la suspensión del concejal Enrique Balmaceda, debido a que se
necesitaba mayoría especial, tratándose de las dos terceras partes de los
miembros del Concejo Deliberante.<br></p><p class="MsoNormal"><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">En la Jornada de hoy, el Tribunal de Juicio Político del Concejo
Deliberante de la Capital convocó a sesión para hoy 9 de mayo a partir de las
9.00 en el Recinto Santo Tomás Moro del edificio central de la institución
democrática. <o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">En la orden del día se trató:<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">Examinar por el Concejo Deliberante la situación del
concejal Enrique Balmaceda posterior al auto de procesamiento dictado en su
contra en el Expte. Nº 2943/2021 tramitado en el Juzgado de Instrucción de
Violencia de Género y Protección Integral de Menores Nº 2. (art. 82 de la Ley
Nº 6843).<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">En el marco del Expte. Nº 12026-V-21, “S.B.T s/Denuncia de
Juicio Político c/el concejal Enrique Balmaceda”, el Tribunal de Juicio
Político procederá a:<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">a) Incorporar las recusaciones planteadas.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">b) Recibir contestación del acusado, quien podrá ejercer su
derecho de <o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">defensa, ofrecer todas las pruebas y concurrir acompañado de
su letrada, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía (art. 115
ultima <o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal">parte de la Ley Nº 6843, y artículos 22 y 23 de la Ordenanza
Nº 3284)<o:p></o:p></p>