“El consejo tiene como obligación velar por las leyes provinciales y nacionales”, expresó el abogado Gustavo Romero en La mañana de La Red. Indicó, además: “En ese sentido, el directorio del consejo, luego de tener un debate importante sobre éste tema, hemos emitido un comunicado en el que aclaramos que si bien los efectos que se intentan lograr con la implementación de la misma son loables, no puede transgredirse la ley nacional de tránsito que ya prevé formas de prevenir y reprimir la conducción vehicular bajo efectos de alcohol y estupefacientes.”
De la misma manera, el letrado explicó: “No se puede ejecutar una norma a través de un decreto de necesidad y urgencia, cuando la legislatura está dentro del período de sesiones. Creemos que la forma no es adecuada.”
Romero hizo referencia al punto que más polémica ha generado dentro de la norma: “La Constitución Nacional expresa que ningún ciudadano puede ser detenido o privado de su libertad sin que exista causa justa u orden de detención librada por un juez competente.”
El letrado habló de la posibilidad de que la aplicación del decreto 840 genere gastos al estado por demandas judiciales en su contra: “En el caso de que alguien se siente dañado en sus garantías inconstitucionales o que por ser detenido ilegalmente ha sufrido algún daño o perjuicio, puede accionar legalmente contra el estado.”