
El Gobierno actualizó las escalas del Monotributo. El tope máximo de facturación anual pasará a ser de 95 millones de pesos. Ya se viene la recategorización.
En el caso de Ganancias y del Monotributo, se trata del segundo ajuste del año. La reforma fiscal sancionada hace un año estableció dos actualizaciones semestrales por el nivel general de precios: la primera para enero-junio y la segunda para julio-diciembre.
Según el consenso de consultoras y economistas, la inflación de junio se ubicaría cerca del 2%. Si se considera que entre enero y mayo acumuló 13,3%, el ajuste semestral llegaría a 15,56%, porcentaje que definirá los nuevos parámetros de Ganancias y Monotributo.
El aumento no solo modificará el mínimo no imponible de Ganancias, sino también las deducciones y los topes de facturación y cuotas del Monotributo a partir de agosto, para prestadores de bienes y servicios.
El mínimo no imponible mensual se estimaría en $2.640.703 para trabajadores solteros sin hijos y en $3.466.800 para casados con dos hijos.
Vale resaltar que las nuevas escalas y deducciones se aplicarán sobre los ingresos devengados a partir del 1° de julio. Para quienes hayan percibido parte del salario antes de la actualización, el ajuste se incorporará en la liquidación anual, salvo en casos de baja laboral antes de fin de año, donde se hará en la liquidación final.
Como los sueldos ya pagados por julio no incluyeron los nuevos valores, el primer ajuste se reflejará en la próxima remuneración. También hay que considerar que ARCA suele demorar alrededor de una semana en publicar las nuevas tablas de deducciones.
Cambios en el Monotributo
En caso del Monotributo, el ajuste abarcará los topes de facturación, la cuota mensual, los aportes al sistema previsional y a la obra social, así como otros ítems como alquileres y consumo de servicios.
Con una inflación acumulada estimada en 15,56% para el semestre, la categoría más baja, la A, podría facturar hasta $9.028.776,12 anuales, mientras que el límite para la categoría K, la más alta, se ubicaría en $95.187.097,05.
Dado el tiempo necesario para la publicación de las nuevas tablas, se espera que a mitad de mes se conozcan con precisión los pisos, escalas y deducciones vigentes para los próximos seis meses en Ganancias.
Recategorización
En julio, como ocurre todos los años, los monotributistas deberán realizar la recategorización semestral obligatoria, incluso si no se registraron cambios en facturación, superficie, consumo eléctrico o alquileres.
Para determinar la categoría correcta, se deben considerar los siguientes datos acumulados en los últimos 12 meses:
Ingresos brutos
Superficie utilizada para la actividad
Consumo de energía eléctrica
Alquileres devengados
Quienes tengan menos de un año de actividad deberán calcular el promedio mensual y proyectarlo a 12 meses.