Mediante la publicación en el Boletín Oficial de la resolución 10/23 del Ministerio de Trabajo el gobierno nacional oficializó el incremento, que eleva el piso de los haberes a 105.500 pesos a partir del 1 de julio.
El texto de la resolución indica que el salario mínimo será de 105.500 pesos a partir del 1 de julio de 2023 para “todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo”, mientras se fija el monto de 527,50 pesos por hora “para los trabajadores jornalizados”.
Estos montos suben a 112.500 pesos para el salario mínimo desde el mes de agosto, mientras que el valor por hora para los trabajadores jornalizados se eleva a 562,50 pesos.
Y, desde el 1° de septiembre ese valor se incrementará a $118.000 para los que cobran por mes y de $590 para los que lo hacen por hora.
La suma del SMVM también impacta en los planes Potenciar Trabajo y Acompañar, a partir de la actualización definida por ley, mientras que además alcanza a las Becas Progresar.
En tanto, afecta los jubilados de la ANSES que accedieron al sistema previsional con más de 30 años de aporte, este grupo podrá adicionar a su ingreso mensual la diferencia entre el haber mínimo vigente y el 80% del salario mínimo, siempre y cuando el resultado dé una cifra inferior.