<p class="MsoNormal">El fiscal federal
Fernando Domínguez rechazó hoy el planteo de atipicidad que hizo el presidente
Alberto Fernández en la causa por la Fiesta de Olivos. De esta manera, el
fiscal considera que hubo delito en los hechos investigados. Ahora deberá
expedirse el juez federal de San Isidro Lino Mirabelli, que se hizo cargo de la
investigación luego de una disputa de competencia con la jueza Sandra Arroyo
Salgado.</p>
<p class="MsoNormal">En agosto pasado,
Alberto Fernández argumentó que lo sucedido aquella noche en la quinta de
Olivos no era delito y pidió que se declare extinta la acción penal y se
decrete su sobreseimiento: “Como consecuencia de lo expuesto se haga lugar a la
excepción de falta de acción por manifiesta atipicicidad y, como consecuencia
de ello, se proceda al dictado del sobreseimiento del suscripto”.</p>
<p class="MsoNormal">Entre los
argumentos fundamentales del escrito se destacaba que “no se ha seguido, ni ha
resultado ninguna consecuencia lesiva y, por tanto, no existen ‘víctimas’” por
la violación del DNU que estableció restricciones y la prohibición de las
reuniones sociales en el AMBA.</p>
<p class="MsoNormal">“En este sentido,
en los términos del art. 339, inciso 2°, del Código Procesal Penal de la Nación
–en adelante CPPN–, vengo a interponer excepción de falta de acción por
inexistencia manifiesta de tipicidad, conforme a lo que se desarrollará, a fin
de que, corrida las vista pertinente a la otra parte, se haga lugar a la
presente y, en consecuencia, dicte mi sobreseimiento, en los términos del art.
336, inc. 2°, o subsidiariamente 3° del CPPN, en tanto la conducta enrostrada
no encuadra en una figura jurídico penal sustantiva alguna, declarando en
consecuencia que el proceso no afecta mi buen nombre y honor de que gozo”,
argumentó el presidente cuando la causa estaba en Comodoro Py.</p>
<p class="MsoNormal">Dominguez rechazó
ese planteo en un dictamen que presentó hoy en el expediente y al que tuvo
acceso Infobae. “No niegan la tipicidad de las conductas pesquisadas las
alegaciones destinadas a afirmar que el evento del 14/07/20 no tuvo como objeto
‘ni propagar la pandemia ni muchos menos poner en peligro la salud pública en
general’. En tal snetido debe señalarse que la ausencia de tales intenciones o
finalidades no desaparece “ex ante” el peligro de lesión para el bien jurídico
tutelado”, dice el dictamen en uno de sus párrafos.</p>
<p class="MsoNormal">En agosto, el
Presidente también propuso donar la mitad de su sueldo durante cuatro meses al
Instituto Malbrán. La Justicia todavía no se expidió sobre ese punto.</p><p class="MsoNormal"><br></p><p class="MsoNormal"><b>Fuente: Infobae.</b></p>