El Gobierno Nacional reglamentó hoy la reforma al Impuesto a las Ganancias establecido en la ley Medidas Paliativas y Relevantes. De esta forma, desde el martes quedará restituida la cuarta categoría del tributo aprobada a finales de junio como parte del paquete fiscal que trató el Congreso.
Trabajadores que ganen sueldos brutos de $1.800.000 en el caso de los solteros y de $2.200.000 en el caso de los casados, comenzarán a pagar ese tributo con los salarios que percibirán en agosto.
Anteriormente el mínimo no imponible equivalía a 15 salarios mínimos ($234.315,12) de lo que serían $3,5 millones brutos desde julio.
Los nuevos valores a pagar arrancan en (aproximadamente) $3.000 pesos mensuales hasta los $60.000 mensuales para los que hoy estaban exentos, y superarán los 100.000 pesos mensuales quienes ganan más de 2.500.000 pesos brutos. Los pagos que reciban los trabajadores como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto.
La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este 2024 y, luego, de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).