
En un caso sin precedentes en La Rioja y Argentina, una mujer de nacionalidad sirio-árabe fue detenida en Chepes, tras confirmarse que mantuvo en cautiverio a su esposo durante años, sometiéndolo a maltratos físicos y psicológicos.
El fiscal Julián de la Colina brindó detalles a La Red y confirmó que la detenida está acusada de reducción a la servidumbre, un delito contemplado en el artículo 140 del Código Penal, con penas que van de 4 a 15 años de prisión.
La pareja se casó legalmente en 1997 y tuvo una relación normal durante los primeros ocho años. Sin embargo, a partir de 2005, la mujer comenzó a imponerle restricciones severas a su esposo, prohibiéndole ver televisión y salir a la calle: «Los vecinos comenzaron a notar esta actividad inusual y con el tiempo la situación se agravó», explicó el fiscal.
En 2023, una familiar del hombre radicó una denuncia, lo que dio inicio a una investigación que reveló que el hombre no solo estaba privado de su libertad, sino que también era encadenado a la cama y sometido a malnutrición y deshidratación.
«El sujeto pierde su condición de sujeto de derecho y pasa a ser un objeto, una cosa, por haberlo encadenado, privándolo de alimentos y agua», agregó De la Colina.
La investigación también reveló que la vivienda donde ocurrían los hechos era inhabitable, con graves problemas de higiene y deterioro estructural. Además, la hija de la pareja le impedía ver a su padre desde hace seis años, a pesar de vivir en la misma casa.
Tras comprobarse los hechos, la justicia ordenó el allanamiento y detención de la mujer, quien fue trasladada al Servicio Penitenciario Provincial y actualmente recibe tratamiento psiquiátrico.
Mientras tanto, el hombre se encuentra a salvo y bajo contención, al igual que sus hijos. El fiscal De la Colina destacó la gravedad del caso, señalando que no hay antecedentes en el país de una reducción a la servidumbre de estas características, un delito que va en contra de la Constitución Nacional, la cual prohíbe la esclavitud y la servidumbre desde la reforma de 1853.