Ante las reiteradas consultas sobre el pedido de baja de servicios, la subsecretaria de Comercio Interior y Defensa al Consumidor, Jimena Espinosa, dijo que “las empresas de servicios deben dar la baja en el mismo momento que se solicita, independientemente de que tengan deuda o no”.
De la misma manera, señaló que “las bajas deben tener lugar a través del mismo medio que se contrató, ya sea mediante telefonía, página web, etcétera”.
“Las empresas de telecomunicaciones, de seguros, o medicina prepaga, deben tener el botón de baja en su página web”, indicó.
Por último, advirtió que “en el caso de que se haya solicitado la baja del servicio y las empresas no hayan dado lugar, se puede efectuar el reclamo o la denuncia correspondiente en las Oficinas de Comercio Interior y Defensa al Consumidor, ubicadas en calle Pelagio B. Luna 816, de lunes a viernes de 8:30 a 12:30 horas”.
Por último la Subsecretaría de Comercio Interior y Defensa al Consumidor informó a los consumidores, que pueden realizar consultas al número telefónico 380 445-3071 y que los reclamos o denuncias que se realizan en sus oficinas, son gratuitos y no necesitan de patrocinio legal.
Las empresas comúnmente fijan fechas para que sus clientes soliciten la baja de servicios contratados. Sin embargo, esto va en contra de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. Es un derecho obtener la baja inmediata y la emisión de una factura anticipada no puede ser utilizada como pretexto por parte de la compañía, la cual debe tomar el trámite y cobrar una proporción hasta el momento de la solicitud.
Cabe destacar que la baja de un servicio suele ser un gran dolor de cabeza para muchas personas a causa de la falta de conocimiento de sus derechos. Las empresas intentan retener a sus clientes y una de las formas de hacerlo es diciéndoles que tienen que tramitar la baja del producto o servicio en una fecha que ellos fijas. Sin embargo esta es una práctica abusiva e ilegal.