Juan Carlos Vega explicó que se trata de una ley de la democracia sancionada en el 2012 pero que no está reglamentada. La norma “legalizada el derecho del paciente con una enfermedad en estado agónico”. Agregó además que la ley precisa las características del paciente que decide no continuar con más tratamientos farmacológicos, ni químicos. “No quiere más encarnizamiento terapéutico”, expresó.
Afirmó además que no tiene nada que ver con la Eutanasia; al tiempo que reclamó la reglamentación de la ley. “Lamentablemente la familia tuvo que llegar a la Justicia porque hay provincias que ponen obstáculos sobre una ley que es nacional y hay un imprudente mora por el PE nacional de reglamentar esta ley y lo peor es que los ciudadanos tengan que esperar la determinación de un juez”.
"En el fallo, la Corte Suprema consideró que la Ley de Derechos del Paciente contempla la situación de quienes, como M.A.D., se encuentran imposibilitados de expresar su consentimiento informado y autoriza a sus familiares a dar testimonio de la voluntad del paciente respecto de los tratamientos médicos que éste quiere o no recibir", indica el CIJ. Ante esto, el máximo Tribunal "resolvió que debía admitirse la petición planteada en la causa a fin de garantizar la autodeterminación" del paciente.