
El Ministerio de Economía que encabeza Luis Caputo sufrió un nuevo traspié judicial tras el fallo de la Cámara Federal de San Martín, que confirmó una sentencia de primera instancia a favor de varios municipios del conurbano bonaerense. La decisión ratifica la autonomía de los gobiernos locales y declara inválida una resolución que buscaba restringir el cobro de tasas municipales.
El origen del conflicto se remonta a septiembre de 2024, cuando la Secretaría de Industria y Comercio, bajo la órbita del Ministerio de Economía, dictó la Resolución Nº 267. A través de esa norma, se prohibía que las tasas cobradas por los municipios incluyeran conceptos ajenos al precio pactado por el consumidor. En la práctica, la medida afectaba directamente al cobro de la Tasa de Alumbrado Público, que muchos municipios incorporan a la boleta de electricidad domiciliaria como forma de financiamiento local.
La ofensiva judicial fue liderada por varios intendentes que rechazaron lo que consideraron una intromisión del Gobierno nacional en la esfera de autonomía municipal, consagrada en la Constitución. En su momento, Caputo defendió la resolución como parte de una política de transparencia fiscal y apuntó públicamente contra los jefes comunales, acusándolos de cobrar tributos “distorsivos”.
Fallos favorables a San Martín y Escobar
La primera sentencia que declaró la inconstitucionalidad de la resolución fue dictada por el Juzgado Federal de Campana. Ahora, la Cámara de San Martín confirmó ese fallo, en el marco de una causa impulsada por el municipio de San Martín. Este viernes, el municipio de Escobar, gobernado por Ariel Sujarchuk, obtuvo una decisión similar en un expediente paralelo.
Si bien los fallos sólo aplican a los municipios que iniciaron acciones judiciales concretas, sientan un precedente firme para otros distritos que han presentado recursos similares ante el mismo tribunal.
Desde la intendencia de Escobar celebraron el fallo con un mensaje político: “La Justicia dejó claro una vez más que la resolución emitida por orden del ministro de Economía, Luis Caputo, no solo implicaba un grave perjuicio social, sino también una inusitada gravedad inconstitucional”.
Fuente: El Cronista