El Juzgado de Instrucción en Violencia de Género y Protección Integral de Menores Nro. 2, a cargo de la Gisela Flamini, dictó la exoneración de María Fabiana P. C., quien había sido denunciada por el padre no conviviente de su hijo bajo la acusación de obstaculizar el contacto entre ellos. La jueza resaltó que, a pesar de las dificultades entre los progenitores, el vínculo entre madre e hijo se ha mantenido, reconociendo el esfuerzo de la madre en cumplir con el régimen de visitas y fortalecer así la conexión afectiva de su hijo con ambos padres.
En el proceso se presentaron documentos e informes socioambientales que permitieron ver la situación en toda su profundidad. Aunque la relación entre los padres es tensa y marcada por desacuerdos, el contacto del niño con su padre se preserva, y el régimen de visitas sigue vigente sin mayores interrupciones. Esto fue esencial para Flamini, quien destacó que la relación entre madre e hijo no debía verse alterada por conflictos ajenos a su bienestar, y que el caso no requiere intervención penal.
“Los conflictos de esta índole, tan sensibles para la estructura familiar, muchas veces llegan al ámbito judicial penal sin necesidad, desviando el foco de la situación en un contexto que es de naturaleza civil y familiar,” indicó la jueza. La magistrada llamó la atención sobre la “sobrecarga endémica” que enfrenta la justicia en el tratamiento de casos familiares, e invitó a reflexionar sobre la importancia de atender a estos temas desde un enfoque más humano y conciliador.
En su resolución, Flamini también enfatizó que, en los términos de la Ley 24.270, la figura de impedimento de contacto exige una intención evidente de obstaculizar el vínculo entre el niño y su padre, algo que no quedó probado en este caso. Al confirmar la exoneración de María Fabiana P. C., el juzgado remarcó la inexistencia de delito y su compromiso de velar por el buen nombre y honor de la madre.