
El director del Registro Civil, Gonzalo Barrera informó que en el 2024 se registraron entre 5 a 6 cambios registrales en el marco de la ley 26.743 (Identidad de Género) y, en lo que va del año, se realizaron 3. Asimismo, el referente aseguró que “hay muchas consultas sobre el trámite, pero no terminan a realizarlo”.
Se entiende por identidad de género la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.
Toda persona puede solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida.
Al respecto Barrera comentó que “en el 2024 se realizaron entre 5 y 6 cambios de identidad, no son muchos. Lo que si hay son muchas consultas, pero son pocos lo que terminan realizando. En Chilecito realizamos dos cambios registrales, en Chamical uno y el resto son de Capital”.
“Lo que va de este año se han registrado tres cambios de identidad de Género, son muchos los que consultan, pero no llegan a finalizar el trámite, solicitan los requisitos, pero no lo terminan”, cerró.
Cómo se realiza el trámite:
Luego de rectificar tu partida de nacimiento en el Registro Civil, tenés que completar el trámite de reconocimiento de identidad de género, actualizando la información de tu DNI.
¿A quién está dirigido?
A toda persona que quiera ejercer su derecho a la identidad de género en nuestro país.
¿Qué necesito?
Copia certificada de la partida de nacimiento rectificada con o sin oblea, la que deberá contar con sello y firma ológrafa del oficial público o extendida con firma digital, sin importar su fecha de expedición.
Si tu nacionalidad argentina fue tramitada por opción o carta de ciudadanía, se sustituye el requisito de la partida de nacimiento por el formulario correspondiente, establecido a partir de la Resolución 493/13.
Si es para un menor de 14 años, se agrega:
Acompañamiento del padre, madre o representante legal; y su DNI.
Acreditación del representante legal, cuando corresponda:
Oficio judicial o testimonio de tutela del menor de edad. Es otorgado por el juzgado. Debe contar con sello y firma del juez, secretario o funcionario autorizado a extender oficios en cumplimiento de mandas judiciales.
Si el menor se encuentra en una institución de cuidado u hogar de menores: Autorización de representación firmada y sellada por la autoridad competente que corresponda.
Oficio judicial o testimonio de guarda provisoria con fines de adopción. Debe contar con sello y firma del juez, secretario o funcionario autorizado a extender oficios en cumplimiento de mandas judiciales.
¿Cómo hago?
1 Solicitá la rectificación de tu partida de nacimiento en cualquier Registro Civil.
2 Elegí el Registro Civil más cercano, dentro de la jurisdicción donde tengas domicilio o sacá turno para un Centro de Documentación Renaper en la app Mi Argentina.
3 Presentate en la oficina elegida, si es en un Centro de Documentación Renaper con la constancia de turno.