A través de un comunicado oficial, la ANSV alteró el punto 5 del régimen de Enseñanza de alcance nacional. Impactará en la carga horaria de los cursos y los condicionantes para la primera gestión.
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) oficializó este jueves las modificaciones en el proceso de emisión de la Licencia Nacional de Conducir para automóviles y motocicletas.
A través de la Disposición 746 y con impacto directo en el Punto 5 del régimen de Enseñanza, las alteraciones deberán ser ejecutadas en todos los CEL y/o escuela de seguridad vial del país.
“En todos los casos, la enseñanza deberá alcanzar los niveles de calidad adecuados, estimándose que puede ser indicio suficiente para apreciar que no se ha producido tal circunstancia, los informes de auditoría que la ANSV realiza a los CEL y escuelas de seguridad vial cuyas observaciones estimen la inadecuación de la calidad de los cursos dictados”, detalla el párrafo inicial del texto.
En estos casos, quedará a criterio de la ANSV en su carácter de autoridad de aplicación, evaluar la conveniencia de mantener y/o otorgar las respectivas renovaciones de la autorización oportunamente otorgada.
Licencias de conducir, ¿cuáles son los cambios que se agregan para su emisión?
En relación a los estándares de calidad propugnados por la ANSV en el dictado del curso teórico-práctico, se estableció una carga horaria mínima de 5 horas, dentro de las cuales deberá desarrollarse íntegramente el programa de enseñanza establecido.
“Dicha carga horaria, solo podrá ampliarse, pero no disminuirse, en razón de las necesidades manifestadas por cada CEL las que deberán ser informadas a la ANS”, advirtió la normativa.
En tanto, las personas entre los 16 a 21 años de edad inclusive, que soliciten su Primera Licencia Nacional para Conducir automóvil y/o motocicleta, deberán realizar obligatoriamente el curso teórico-práctico de educación para la seguridad vial previsto por el art 14 de la Ley 24.449, bajo modalidad virtual, en la plataforma provista al efecto, en la que se denominara para una mejor y rápida identificación “Mi Primera Licencia Nacional de Conducir”.
Licencias de Conducir, ¿cómo será el curso para aprobar la primera emisión?
El curso de carácter obligatorio para la emisión de la primera Licencia Nacional de Conducir comprenderá los contenidos básicos establecidos en el punto 6 del presente Anexo (reglas de velocidad), que serán desarrollados oportunamente por la autoridad de aplicación, con más las especificidades educativas pedagógicas, de la franja etaria a la cual está dirigido.
Para quienes no se encuentren dentro del rango etario mencionado, y que soliciten su Primera Licencia Nacional de Conducir automóvil y/o motocicleta, también podrán realizar el curso teórico-práctico de educación para la seguridad vial previsto por el art. 14 de la Ley 24.449, bajo modalidad virtual, aunque desde la plataforma “Curso Nacional de Educación Vial Digital”.