En La Rioja, desde noviembre de 2025 con la sanción de la Ley 9.803 y su reglamentación correspondiente, mujeres y diversidades pueden solicitar licencia laboral por violencia de género. Desde la implementación de la norma, ya se otorgaron 16 licencias, según el reporte de la Secretaría de la Mujer y Diversidad.
Las licencias tienen carácter especial y pueden ser solicitadas de forma presencial, por sobre cerrado o de manera digital. La persona que solicite la licencia deberá presentar la denuncia y en caso de no haberla realizada contará con un plazo de 48 hs para completar este requisito, Además, no afectará la remuneración ni eliminará, ni compensará aquellas otras licencias establecidas en la legislación vigente.
Procedimiento
• El procedimiento alcanza al personal que se encuentra bajo relación de dependencia laboral en las jurisdicciones u organismos comprendidos en la Administración Pública Provincial; y el otorgamiento de la licencia es obligatorio tanto para Capital Humano como para la oficina de personal correspondiente.
• La intervención en situaciones de violencia de género se rige por los principios de confidencialidad y respeto, no revictimización, contención, orientación y prevención.
• La solicitud se presenta con sobre cerrado por medio de Capital Humana que la eleva a la Secretaria de la Mujer y Diversidad.
• El uso de la licencia no afecta el desarrollo de la carrera administrativa, ni las recategorizaciones que le correspondan a la persona que la solicita.
• Contempla, además de la no concurrencia al lugar de trabajo, las siguientes situaciones: readecuación horaria de la jornada laboral dependiendo de las necesidades de les trabajadores (por ejemplo, ingreso tardío, retiro anticipado, cambio de turno, etc.); cambio de lugar de prestación de servicio, si es que lo solicita la trabajadora.
• Ante una situación de violencia en el ámbito laboral o en el ámbito del grupo familiar y en la que el agresor trabajara en la misma dependencia pública, sin perjuicio de llevar a cabo los procedimientos sumariales y de impulsar las medidas precautorias que correspondan en virtud de la denuncia, se deberán garantizar las condiciones para que la trabajadora pueda desempeñar, en forma segura, sus actividades laborales habituales, implementando las acciones de organización administrativa que fueran necesarias. En ese marco, si las trabajadoras solicitaran un cambio en el lugar de prestación de servicios, aquella deberá impulsarse en forma inmediata sin que ello pueda implicar afectación salarial o funcional alguna.
