<p class="MsoNormal" style="text-align:justify"><span style="" lang="ES-MX">Del mismo modo indicó que “Los puntos están organizados
en dimensiones sociales, institucionales, en clave de garantías de derechos y
de servicios entre ellos pensar una constitución con perspectiva de género la
incorporación de los derechos de la cuarta generación vinculados con las nuevas
tecnologías. Otros de los aspectos están relacionado a la naturaleza jurídica
de los servicios públicos, el acceso al agua potable, a la electricidad, a la
conectividad”.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align:justify"><span lang="ES-MX">“También se proyecta la reforma pensando a
nivel institucional planteando la necesidad de las limitaciones de las
reelecciones que se tiene en la función de legislativa y deliberativa,
establecer límites a las posibilidades de reelección. Garantizar la alternancia, la periodicidad y
la limitación para que la democracia se pueda también renovar en la incorporación
de nuevos legisladores”, sumó. <o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align:justify"><span lang="ES-MX">Además agregó que “La periodicidad también está
pensada para la función judicial, pensando el rol de la justicia en el ámbito provincial”.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align:justify"><span lang="ES-MX">A su vez el Asesor señaló que “Tenemos un
abanico de temáticas que se proyectan entorno a la futura reforma
Constintucional como una enorme oportunidad para pensar el perfil del estado
provincial frente a los contextos en calidad de desafíos se plantea para la
diligencia y que de alguna manera debemos asumir a este estado provincial un esquema
de planificación y predecibilidad de las futuras acciones de tal manera que
siempre esté garantizado el acceso a los distintos tipos de servicios”.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align:justify"><span lang="ES-MX">“Es muy interesante aclarar que el planteo de
la reforma por parte del gobernador fue planteado en su primer mensaje cuando
asumió su gestión de gobierno como una acción programática de su administración.
se ha establecido 10 puntos de temáticas generales que abre el debate publico en
torno a la reforma y que son propuestas de carácter metodológicas para que la
sociedad puedan realizar sus aportes sobre esas 10 temáticas que quedaron
abiertas”.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align:justify"><span lang="ES-MX">Al ser consultado por el sistema mixto y
acusatorio, el Asesor aseguró que “esas dimensiones son de carácter judicial que
no necesariamente requiera de una reforma de la constitución para definirlo ya
que se tratan de leyes operativas específicamente del ámbito de la justicia
penal”.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align:justify"><span lang="ES-MX">"La justicia penal es la que lleva a cabo los procesos
relacionados con el juzgamiento de causas que están tipificadas en el ámbito
del código penal y en ese sentido la provincia de La Rioja con su código de
procedimiento ha establecido un esquema mixto en donde se combina un esquema
inquisitorio y otro acusatorio, el proceso es llevado a cabo por el juez. Estos
procedimientos comprenden de dos etapas uno que se denomina instrucción y la
otra de audiencia de lista de causa", resaltó.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES-MX">Del mismo modo explicó que "El sistema
acusatorio, es un procedimiento que se está incorporando al nivel general en el
país y que le dota al fiscal de facultades de investigación de los delitos y el
juez actúa en calidad de garante de los procesos judiciales. </span>Estos
trabajos están siendo analizados en la función judicial para poder mutar de un
sistema mixto a un acusatorio para el procedimiento en las provincias".</p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="" lang="ES-MX">"Instancias
previas para la reforma constitucional, La Rioja tiene un esquema rígido cuando
se reforma de carácter parcial o general se necesita de una convención constituyente
y esto se debe realizar una vez que esté sancionada la Ley y que declare la
necesidad de la reforma y se le comunica a la función ejecutiva", concluyó el Asesor.</span></p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="" lang="ES-MX"><br></span></p>
<p class="MsoNormal"><b><span lang="ES-MX"> </span></b></p>