Tras investigar la cronología de los hechos sucedidos el 8/01/2018 el expediente quedó caratulado como “Condori Víctor Santiago –Homicidio Doblemente Calificado por el Vínculo y por Mediar Violencia de Género y Homicidio Simple en Grado de Tentativa en concurso Real”.
El imputado procesado, Victor Santiago Condori, ingresó a la vivienda en la que se encontraba Deolinda con su pareja, Iván Herrera, forzando la entrada con una barreta y se dirigió al dormitorio. Una vez en el lugar, y con la misma barreta con la que forzó la entrada, comenzó a golpear a Herrera en la cabeza.
De la misma manera, y según los resultados de la investigación, Torres forcejeó con Condori para evitar que continuase golpeando a Herrera, quien en medio de la confusión aprovechó para salir de la casa y deambular en busca de ayuda.
Este es el momento que aprovechó Condori para agredir a Deolinda Torres, golpeándola con la barreta en la zona de la cabeza y dejándola gravemente herida, para posteriormente huir de la vivienda en su motocicleta.
Ante esto y al haber cumplido las instancias judiciales pertinentes que acreditan las circunstancias del hecho, el Juez Farías procesó a Víctor Sebastián Condori y dictó su prisión preventiva por la presunta comisión y autoría de los delitos de homicidio doblemente agravado, por el vínculo, femicidio y homicidio simple en grado de tentativa en concurso real.
Asimismo, ordenó su inmediato traslado al Servicio Penitenciario Provincial en calidad de imputado procesado.
El Magistrado consideró que el hecho queda encuadrado por el Artículo 80 inciso 1 y 11 del Código Penal que rezan: “Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare: 1- a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia. 11-A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género.