Los Registros de Adopción tienen distintas modalidades de búsqueda de familias para niños, niñas y/o adolescentes (NNA) sin cuidados parentales y declarados judicialmente en situación de adoptabilidad. Las convocatorias públicas son una estrategia de búsqueda que se constituyen en la última instancia. Son llamados abiertos a la comunidad a fin de receptar a aquellas personas que se ofrecen para incorporar a sus familias a NNA en calidad de hijos e hijas por vías de la adopción y/o constituirse en referentes afectivos. Estas personas pueden o no estar inscriptas previamente en algún Registro de Adoptantes y pueden residir en cualquier provincia de nuestro país.
Es importante informar además que hay dos tipos de convocatorias públicas:
a) aquellas en donde se convocan a personas que quieran ser familia por adopción;
b) aquellas que están dirigidas a personas que se ofrecen para constituirse en cuidadores, guardadores, tutores o figuras análogas de cuidado. Este último caso, se trata de adultos/as que se ofrecen para el cuidado de un NNA con miras a garantizar su derecho a vivir en familia pero, en principio, sin intenciones de adoptarlo/a. Esta tarea puede asumir múltiples formas y figuras como una guarda o tutela y tiende a garantizar el derecho de vivir en familia a aquellos NNA que no han querido ser adoptados o cuando por su interés superior la adopción no ha sido la figura jurídica adecuada para ellos/as.
Las convocatorias públicas sólo pueden ordenarse cuando no se han encontrado postulantes inscriptos compatibles con ese NNA en los Registros de Adopción locales.
Estos llamados son efectuados por publicaciones que son replicados en diferentes medios de comunicación (diarios, televisión, redes sociales y en las paginas web del Ministerio de Justicia de la Nación/Adopción/Buscamos Familia y de la Función Judicial/RUAGA), pero para llevar adelante la postulación es necesaria la comunicación con los organismos oficiales de dónde surge dicha búsqueda.
Cada convocatoria indicará las particularidades y necesidades de los NNA involucrados/as, así como también los requisitos o algún requerimiento específico que deban acreditar las personas interesadas. En algunas, por ejemplo, se llamará a personas que vivan en determinada zona o ciudad. En otras, en razón de las necesidades y de los deseos de los NNA en situación de adoptabilidad, puede que se convoque a familias con determinadas características, por ejemplo, que tengan hijos/as o que no los tengan; personas solteras o que se encuentren en parejas, etc.
Es importante resaltar que en las convocatorias para grupos de hermanos/as, los/as interesados/as deben ofrecerse para prohijar al grupo y no será posible ofrecerse solo para alguno/a de ellos/as.
Cabe aclarar que el ofrecimiento e inscripción a una convocatoria pública, vale única y exclusivamente para esa convocatoria y esos/as NNA en particular. Si las personas desean inscribirse para ser convocados por otros/as NNA indeterminados/as en situación de adoptabilidad, deben inscribirse por medio del R.U.A.G.A. – La Rioja (ver → Proceso de Inscripción).
Completar un formulario respondiendo a una convocatoria pública es, ni más ni menos, un ofrecimiento para cuidar, amar y acompañar a un NNA con derechos vulnerados. Dada la importancia que reviste, solicitamos completar un formulario por única vez para evitar superposiciones.
Cumplidos los requisitos fijados el equipo técnico interdisciplinario del R.U.A.G.A. – La Rioja realizará a aquellas personas preseleccionadas las evaluaciones psicológicas y sociales pertinentes, así como también indagará acerca de inscripciones previas en el Registro de Adopción.
Estas evaluaciones son imprescindibles para determinar si esas personas pueden asumir responsable, amorosa y duraderamente el cuidado de esos/as NNA, entendiendo sus realidades y acompañándolos en su crecimiento.
https://www.justicialarioja.gob.ar/index.php/features/ruaga/2884-que-son-las-busquedas-de-familias-por-convocatorias-publicas