Desde las 8.00 rige la veda electoral y corre hasta las 18.00 del próximo domingo 22 de octubre.
Está prohibido:
- La publicación y difusión de encuestas, sondeos preelectorales y proyecciones sobre el resultado electoral (bocas de urna) hasta 03 horas posteriores al cierre del comicio;
- Realizar y/o admitir reuniones de electores durante las horas de la elección dentro de un radio de 80 metros alrededor de la mesa receptora de votos;
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas de votación;
- El uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada;
- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos
No podrán desarrollarse:
- Espectáculos populares, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral entre la 08:00 horas y a hasta la 21:00 horas del día domingo 22 de octubre.
- La actividad gastronómica (bares, confiterías y/o restaurantes), podrán permanecer abiertos, pero no podrán expender bebidas alcohólicas, desde entre las 20:00 del día 21/ hasta las 21:00 del 22 de octubre.
La Junta Electoral Nacional podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente. Los demás establecimientos podrán abrir sus puertas y funcionar normalmente, todo sin perjuicio de que la autoridad militar encargada de la custodia del comicio disponga ese día, por razones vinculadas con su función específica, la clausura de determinados locales.