
Mujeres y diversidad que trabajen en la Administración Pública podrán solicitar licencia por violencia de género. La incorporación de este tipo de licencias quedó establecida en el decreto reglamentario, firmado el viernes pasado por el gobernador Ricardo Quintela, del artículo 48, inc. q de la ley N°3870.
La Secretaría de la Mujer y Diversidad será el organismo de aplicación de estas licencias que tendrán carácter especial, podrán ser solicitadas de forma presencial, por sobre cerrado o de manera digital. La persona que solicite la licencia deberá presentar la denuncia y en caso de no haberla realizada contará con un plazo de 48 hs para completar este requisito, Además, no afectará la remuneración ni eliminará, ni compensará aquellas otras licencias establecidas en la legislación vigente.
Karen Navarro, secretaria de la Mujer y Diversidad explicó a La Red que “el primer objetivo que tienen es poder establecer un circuito y un procedimiento efectivo, que obviamente no vulnere la confidencialidad y que genere la posibilidad de tener organismos en situación de asistencia y de protección de personas en situación de violencia, y que además “esas personas puedan tener el permiso laboral, obviamente justificado”.
La funcionaria consideró además que esta incorporación de este tipo de licencias significan un reconocimiento de las violencias por razones de género en los organismos estatales y al mismo tiempo que rol deben asumir el Estado: “Es dar la posibilidad de sincerar que pasa con las situaciones de violencia de género también en el ámbito público ya que históricamente las personas tuvieron que solicitar licencia por carpeta psiquiátrica o por alguna enfermedad específica, no sincerando así los padecimientos por violencias”. “Esto es dar respuesta efectiva desde los organismos del Estado”, aseveró.
Procedimiento
• El procedimiento alcanza al personal que se encuentra bajo relación de dependencia laboral en las jurisdicciones u organismos comprendidos en la Administración Pública Provincial; y el otorgamiento de la licencia es obligatorio tanto para Capital Humano como para la oficina de personal correspondiente.
• La intervención en situaciones de violencia de género se rige por los principios de confidencialidad y respeto, no revictimización, contención, orientación y prevención.
• La solicitud se presenta con sobre cerrado por medio de Capital Humana que la eleva a la Secretaria de la Mujer y Diversidad.
• El uso de la licencia no afecta el desarrollo de la carrera administrativa, ni las recategorizaciones que le correspondan a la persona que la solicita.
• Contempla, además de la no concurrencia al lugar de trabajo, las siguientes situaciones: readecuación horaria de la jornada laboral dependiendo de las necesidades de les trabajadores (por ejemplo, ingreso tardío, retiro anticipado, cambio de turno, etc.); cambio de lugar de prestación de servicio, si es que lo solicita la trabajadora.
• Ante una situación de violencia en el ámbito laboral o en el ámbito del grupo familiar y en la que el agresor trabajara en la misma dependencia pública, sin perjuicio de llevar a cabo los procedimientos sumariales y de impulsar las medidas precautorias que correspondan en virtud de la denuncia, se deberán garantizar las condiciones para que la trabajadora pueda desempeñar, en forma segura, sus actividades laborales habituales, implementando las acciones de organización administrativa que fueran necesarias. En ese marco, si las trabajadoras solicitaran un cambio en el lugar de prestación de servicios, aquella deberá impulsarse en forma inmediata sin que ello pueda implicar afectación salarial o funcional alguna.