
Este miércoles al mediodía, el tribunal presidido por la jueza Karina Cabral dictó sentencia en uno de los casos más estremecedores de los últimos años en La Rioja: el femicidio de Zoe Natalia Córdoba, la niña de cuatro años asesinada en noviembre de 2021. La Justicia condenó a prisión perpetua a su madre, Julieta Jimena Córdoba, de 25 años, y a Andrés Regino Bustamante, ambos hallados culpables del homicidio.
Durante la lectura del fallo, Cabral declaró a Córdoba autora penalmente responsable del delito de homicidio triplemente calificado: por el vínculo, por alevosía y por criminis causa. La jueza subrayó que la acusada actuó con “extrema violencia” en un contexto de violencia de género y con el objetivo de asegurar la impunidad del crimen. La pena deberá ser cumplida en el Servicio Penitenciario Provincial.
En diálogo con La Red, la magistrada expresó la dureza emocional que implicó transitar un juicio que se extendió durante medio año, desde julio hasta diciembre del año pasado. “Fue muy duro enfrentar este juicio”, aseguró. “A medida que se iban incorporando las pruebas y los testimonios, se reconstruía el hecho y fue muy lamentable. Nos afectaba a todos”.
El caso incluyó un complejo trabajo forense para identificar el cuerpo de la niña, que fue hallado calcinado en un 80%. Peritos odontológicos, antropólogos forenses y médicos legistas intervinieron para confirmar que Zoe había sufrido golpes previos a su muerte, lesiones en las costillas y que fue incinerada aún con vida. La causa de muerte, según la autopsia, fue asfixia por humo y quemaduras.
Pero más allá de la brutalidad del hecho, la jueza Cabral hizo especial énfasis en una falla del sistema estatal que, según ella, podría haber evitado el femicidio. En sus declaraciones, apuntó directamente contra la funcionaria Nelly Saguas, quien en el momento del crimen estaba al frente de la Secretaría de la Mujer, Familia, Igualdad y Género de Chilecito.
“El hecho se pudo haber evitado pero hubo un accionar negligente de una funcionaria pública. Saguas tomó conocimiento de la situación de vulnerabilidad de Zoe diez meses antes del crimen, cuando fue alertada por la familia paterna. Sin embargo, en lugar de activar los protocolos oficiales y judiciales, decidió intervenir de manera informal, alegando que lo hizo en calidad de vecina”, explicó Cabral.
El tribunal no juzgó a Saguas en esta causa, pero dejó asentado en la sentencia que su accionar “constituye un eslabón decisivo en la cadena causal de la muerte de Zoe”. En consecuencia, la jueza informó que el tribunal emitió recomendaciones formales al Estado provincial para que se diseñe un protocolo institucional que permita abordar de manera integral situaciones de vulnerabilidad en niños, niñas y adolescentes.
“La sentencia tiene un valor trascendental porque no solo sanciona el crimen, sino que establece pautas preventivas para evitar que algo así vuelva a suceder”, concluyó Cabral.
En relación a Bustamante, el otro condenado a prisión perpetua, la jueza confirmó que su defensa solicitó el beneficio de la prisión domiciliaria argumentando problemas de salud. Sin embargo, este pedido fue rechazado. “Se libraron oficios a los médicos forenses y del Servicio Penitenciario, y se determinó que su diagnóstico puede ser y está siendo debidamente atendido en esas instalaciones. Él continuamente solicita traslados a centros médicos, los cuales se autorizan porque hay que garantizarle la salud, pero hasta ahora su situación no justifica el arresto domiciliario”, explicó.