Tras un amplio debate en comisión y el análisis correspondiente, el Concejo Deliberante de la Capital sancionó la Ordenanza N.° 6803, mediante la cual se actualiza y modifica el Plan Urbano (Ordenanza N.° 2225/92). La norma tiene por objeto definir un marco regulatorio para el desarrollo planificado y sostenible de la ciudad, en aspectos urbanísticos como alturas, fraccionamiento, ocupación y usos del suelo.
El proyecto fue presentado oportunamente por el Ejecutivo Municipal y abordado en comisiones. En este sentido, se detallan las alturas máximas permitidas para la edificación en forma vertical, con excepción de avenidas y corredores ambientales.
La premisa es establecer un límite al crecimiento en altura del área central, con el fin de preservar la identidad cultural, mantener un paisaje urbano reconocible, proteger los edificios patrimoniales y propender a un desarrollo más equilibrado de la ciudad, con la consolidación de barrios y áreas periféricas. Asimismo, se establecen las alturas permitidas para edificaciones públicas y privadas en sectores urbanos y suburbanos dentro del ejido urbano de la ciudad de La Rioja.
